1.3.2. Transformación presupuestaria

A criterio de muchos, la LAFRPP introduce una renovación fundamental en la forma de ejecutar el proceso presupuestario en la Administración Pública, dado que actualiza lo regulado desde décadas anteriores y soluciona una gran cantidad de vacíos que existía en la legislación anterior (la Ley de Administración Financiera que regía desde 1951); así mismo, conjunta una serie de aspectos que estaban regulados en forma dispersa en diferentes leyes; además, incorpora elementos de la teoría del presupuesto moderno, específicamente del presupuesto por programas.

Dentro de los principales elementos transformadores en el campo del presupuesto público que introduce la ley, se pueden citan:

Hace del Plan Nacional de Desarrollo el marco global de orientación de los planes operativos institucionales (artículo 4).

Fortalece el enfoque sistémico del proceso y establece al Ministerio de Hacienda como el órgano rector del Sistema de Administración Financiera y a la Dirección General de Presupuesto Nacional como rector del Subsistema de presupuesto (artículos 27 y 32).

Otorga a la Autoridad Presupuestaria la facultad de elaborar, para emisión del Presidente de la República, la propuesta de lineamientos generales y específicos de política presupuestaria para cada período presupuestario.
Instruye a la Dirección de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda para que en coordinación con la Contraloría General de la República establezca la normativa técnica básica en materia presupuestaria para el sector público, lo que ayuda a eliminar las diferencias existentes entre el proceso presupuestario del Gobierno Central y del sector descentralizado. (artículo 49).
Promueve la formulación de los presupuestos con fundamento en técnicas y principios presupuestarios generalmente aceptados. Además, establece principios básicos para el adecuado desarrollo del proceso presupuestario, su flexibilidad y el ejercicio de sanas prácticas (artículos 5, 6, 7 , 17, 39, 45 y 46).
Fortalece el necesario vínculo entre programación y la presupuestación. De manera clara se establece la programación macroeconómica como marco de referencia para el proceso de asignación de recursos y el establecimiento de planes institucionales . (artículos 19 y 20).
Refuerza la trascendencia de la identificación clara de metas y resultados, así como su evaluación. (artículo 5 inc. e. y artículos 8, 31 y 56).
Propicia que tanto la obtención y aplicación de los recursos públicos se realicen según los principios de economía, eficiencia y eficacia (artículos 3 y 5 inciso b.).
Obliga al Poder Ejecutivo a la presentación de informes periódicos y finales de evaluación financiera de la ejecución de presupuestos, gestión de resultados y rendimiento de cuentas para la verificación del cumplimiento de metas y objetivos (artículos 55, 56 y 57).
Introduce todo un régimen de responsabilidad, en el cual se definen tanto los hechos generadores de responsabilidad como los delitos y sanciones aplicables a cada uno de estos, incluyendo responsabilidades por el manejo de los recursos públicos que incumplan las metas y objetivos propuestos (artículos del 107 al 121, mención especial al artículo 110 y dentro de este al inciso j).

Gráficamente dichos elementos se muestran en la figura siguiente:

Fgura No. 1.3.2: Principales elementos en materia presupuestaria incorporados en la LAFRPP