b. Referente de la programación macroeconómica

Sobre el concepto de la programación macroeconómica, la LAFRPP se refiere en los siguientes términos:

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… la programación macroeconómica consistirá en la evaluación y proyección del estado de la economía que, con fundamento en las principales variables económicas y sociales, tendrá el objetivo de formular directrices y lineamientos generales que procuren un alto grado de coordinación entre las políticas en el campo macroeconómico, respetando la autonomía del Banco Central de Costa Rica en materia cambiaria y monetaria.

Esa programación se fundamentará en las consideraciones de tipo estratégico, de orden económico y social, así como en las prioridades definidas por los jerarcas de los respectivos Poderes.
 
 

Fuente: Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2001)

 

Por su parte el Reglamento de la Ley, nos amplia sobre el tema señalando que:

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… la programación macroeconómica considerará la elaboración de escenarios macroeconómicos que contendrán información relevante sobre el funcionamiento de los sectores fiscal, real, monetario y de balanza de pagos de la economía costarricense ...
 
 

Fuente: Poder Ejecutivo. (2006, abril)

 
La programación macroeconómica plantea la situación deseada para el conjunto, ya sea en el ámbito de la realidad nacional, de la región o de la provincia, según sea el caso, en términos de indicadores agregados (inflación, producto interno bruto, desempleo, etc) y variables macro-económicas por sectores (producción, crédito para diferentes actividades, empleo por sector, etc). El aporte del Sector Público para lograr alcanzar los niveles definidos en esos indicadores es fundamental, dada su participación, no sólo como oferente y demandante de bienes y servicios, sino también como impulsor y ejecutor de política pública que influye significativamente en diferentes campos de la actividad económica y social del país.

 

Por medio del presupuesto público se materializa en el corto plazo (un año) las acciones, objetivos y metas de los entes y órganos públicos, que favorecen el cumplimiento de las políticas de desarrollo en el ámbito de la producción, de la inversión -tanto pública como privada-, de las formas y magnitudes del financiamiento de las actividades sociales y económicas y de otros aspectos derivados de la propuesta macroeconómica, por ello, no puede administrarse un presupuesto sin tener como referencia los diversos indicadores que aspira el país según la programación macroeconómica.
 
 
 
En ese sentido la LAFPP establece que:
 
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… el marco de referencia para preparar los presupuestos del sector público estará constituido por la programación macroeconómica que realizará el Poder Ejecutivo, con la colaboración del Banco Central de Costa Rica y cualquier otra institución cuyo concurso se requiera para estos fines, según el Reglamento.
 
  Fuente: Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2001b).