1.3.2. Aprobación Externa
Por su parte, la aprobación externa en nuestro país es realizada por la Asamblea Legislativa para el caso del presupuesto del Gobierno Central y por la Contraloría General de la República, en los entes y órganos del Sector Descentralizado. En primer caso, el presupuesto es aprobado mediante una ley de la República y en el segundo, por un acto de la CGR en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales. Para mayor claridad conceptual de la aprobación externa, nos remitimos a lo señalado en las NTPP, en referencia a su aplicación en el Sector Descentralizado.
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Transcripción literal
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