1.4.1. Concepto

En referencia concretamente al subsistema de presupuesto, que es el eje central de estudio en este curso, P. Makon, Marcos (2000), lo define desde una perspectiva sistémica como:

Transcripción literal Transcripción literal  
 
... un sistema integrado por un conjunto de políticas, normas, organismos, recursos y procedimientos utilizados en las diversas etapas del proceso presupuestario por los organismos públicos, sin desmedro de las particularidades de cada uno de ellos; requiere para su funcionamiento de niveles organizativos de decisión política, unidades técnico-normativas centrales y unidades periféricas responsables de su operatividad.
 
 
Fuente: Makón Marcos, P. (2000).
 
 
En esta definición, el autor considera aspectos de índole orientador y normativo, al referirse a las políticas y normas generales que aplican en el sistema. Asimismo, incorpora otros elementos que se relacionan más con la organización y el aporte humano, como lo son los organismos y los recursos que ejecutan las funciones particulares del sistema y, por último, se refiere a la forma de realizar esas funciones a través de procedimientos definidos para ordenar y uniformar la actuación de las personas. Todos estos aspectos son consistentes con los incorporados en la normativa jurídica y técnica que rige en nuestro país dado que son enunciados de aceptación general por parte de los diferentes operadores de la materia.
 
La LAFRPP se refiere al subsistema de presupuesto en términos más concretos señalando que:
 
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... comprende los principios, las técnicas, los métodos y procedimientos empleados, así como los órganos participantes en el proceso presupuestario.

 
 
Fuente: Asamblea Legislativa, (2001).
 

 

La Contraloría General hace uso de esta definición en las "Normas técnicas básicas que regulan el sistema de administración financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social, universidades estatales, municipalidades y otras entidades de carácter municipal y bancos públicos".

Es importante mencionar que la Ley rescata los componentes organizativos y de orden que desarrolla la doctrina y que se mencionaron en párrafos previos. Los otros elementos a los que se refieren los tratadistas y que se relacionan con la orientación y el establecimiento de las reglas de operación, se entienden implícitas dentro las competencias propias de los jerarcas, como parte de sus responsabilidades de velar por el adecuado funcionamiento del sistema de control interno y del subsistema de presupuesto. También los órganos rectores en la materia tienen competencia de orientación y emisión de regulaciones para la operación del subsistema.

En las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (NTPP), específicamente la norma 2.1.1, se conceptualiza el subsistema de presupuesto de la siguiente forma:

Transcripción literal
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2.1.1. Subsistema de Presupuesto Institucional. Forma parte del Sistema de Administración Financiera Institucional y comprende los principios, las técnicas, los métodos y procedimientos empleados, así como los órganos participantes en el proceso presupuestario institucional.
 
 
Fuente: Contraloría General de la República. (2012).